Orden de 29/07/2010, de la Consejería de Educación, Ciencia y Cultura, por la que se regula la evaluación, promoción y acreditación académica del alumnado de formación profesional inicial del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

1. Con carácter general, la evaluación, promoción y acreditación académica del alumnado en ciclos formativos en la modalidad e-learning se atendrá a los dispuesto en esta Orden, a excepción de lo establecido sobre la promoción a segundo curso, evaluación continua y evaluación del alumnado con módulos pendientes que no le es aplicable, y teniendo en cuenta las consideraciones establecidas en los siguientes apartados.

2. En el proceso de evaluación continua, el profesorado que ejerce la tutoría realizará el seguimiento del proceso de enseñanza-aprendizaje, con los instrumentos de recogida de información propios de esta modalidad.

3. Podrá haber un número distinto de evaluaciones parciales, según se determine por la Consejería competente en materia de educación.

4. La Dirección General competente en materia de formación profesional coordinará la realización de las pruebas presenciales.

5. En la evaluación final del aprendizaje del alumnado se tendrá en cuenta tanto la información recogida a través de los instrumentos propios de esta modalidad, como el resultado de los exámenes presenciales, según lo establecido en la Programación Didáctica de cada módulo.

6. El alumnado matriculado en oferta modular e-learning podrá cursar los módulos de Formación en Centros de Trabajo y Proyecto, en su caso, cuando haya superado todos los módulos restantes correspondientes a esa titulación.